Camargo y Serrano .

  • USD114.000

Camargo y Serrano .

  • USD114.000
  • Departamento
  • Tipo de propiedad
  • 1
  • Ambientes
  • 1
  • Baños
  • 38.00
  • m2
  • 34,00
  • Superficie cubierta

Detalles

  • ID de la propiedad LOB3740_LP827609
  • Precio USD114.000
  • Superficie total 38.00 m2
  • Ambiente 1
  • Baño 1
  • Año de construcción 2025
  • Tipo de propiedad Departamento
  • Superficie cubierta 34,00

Descripción

monoambiente a estrenar representa una excelente oportunidad de inversión en una zona privilegiada y de constante crecimiento dentro del barrio de Villa Crespo. Ubicado estratégicamente en la esquina de Camargo y Serrano, el edificio se encuentra completamente terminado y destaca por su diseño moderno, materiales de alta calidad y una óptima distribución de sus espacios.

La unidad se sitúa en el piso 8, departamento B, y cuenta con una superficie total de 38 m² (distribuidos en 34 m² cubiertos y 4 m² semicubiertos). El ambiente principal, amplio y muy luminoso, integra de manera funcional el sector de living-comedor con una cocina de diseño moderno. Dispone además de un baño completo con terminaciones de calidad.

El edificio ofrece una propuesta de categoría con amenities pensados para el confort y el disfrute diario: un Salón de Usos Múltiples (SUM) ideal para eventos, sector de parrilla, un gimnasio completamente equipado (GYM) y pileta. Una opción ideal tanto para vivienda como para renta en una ubicación conectada y con gran potencial.

“El inmueble cuenta con condiciones de accesibilidad para personas con movilidad reducida (Ley 5115).” L.A. Propiedades. Contactanos para coordinar una visita!rn/
*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”, segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.

Todas las operaciones están a cargo de la martillera pública Jorgelina Bonetto Guerrero. CUCICBA 8780 – CABA
Nancy Moscovich CMCPSI 1083 – Pcia de Buenos Aires
Actualizado el día: 2026-06-17 22:26:41

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